Características intrínsecas
La forma y colores de estas señales se definen en el apartado
3 de este Anexo, en función del tipo de señal de que se trate.
Los pictogramas serán lo más sencillos posible, evitándose detalles
inútiles para su comprensión. Podrán variar ligeramente o ser más detallados
que los indicados en el apartado 3, siempre que su significado sea equivalente
y no existan diferencias o adaptaciones que impidan percibir claramente su
significado.
Las señales serán de un material que resista lo mejor posible
los golpes, las inclemencias del tiempo y las agresiones medio ambientales.
Las dimensiones de las señales, así como sus características
colorimétricas y fotométricas, garantizarán su buena visibilidad y comprensión
Requisitos de utilización
Las señales se instalarán preferentemente a una altura y en
una posición apropiadas en relación al ángulo visual, teniendo en cuenta
posibles obstáculos, en la proximidad inmediata del riesgo u objeto que deba
señalizarse o, cuando se trate de un riesgo general, en el acceso a la zona de
riesgo.
El lugar de emplazamiento de la señal deberá estar bien
iluminado, ser accesible y fácilmente visible. Si la iluminación general es
insuficiente, se empleará una iluminación adicional o se utilizarán colores
fosforescentes o materiales fluorescentes.
A fin de evitar la disminución de la eficacia de la
señalización no se utilizarán demasiadas señales próximas entre sí.
Las señales deberán retirarse cuando deje de existir la situación
que las justificaba.
Tipos de señales
Señales de advertencia
Forma triangular. Pictograma negro sobre fondo amarillo (el
amarillo deberá cubrir como mínimo el 50% de la superficie de la señal), bordes
negros. Como excepción, el fondo de la señal sobre "materias nocivas o
irritantes" será de color naranja, en lugar de amarillo, para evitar
confusiones con otras señales similares utilizadas para la regulación del
tráfico por carretera.
Señales de prohibición
Forma redonda. Pictograma negro sobre fondo blanco, bordes y
banda (transversal descendente de izquierda a derecha atravesando el pictograma
a 45º respecto a la horizontal) rojos (el rojo deberá cubrir como mínimo el 35%
de la superficie de la señal)
Forma redonda. Pictograma blanco sobre fondo azul (el azul
deberá cubrir como mínimo el 50% de la superficie de la señal).
Señales relativas a los
equipos de lucha contra incendios
Forma rectangular o cuadrada. Pictograma blanco sobre fondo
rojo (el rojo deberá cubrir como mínimo el 50% de la superficie de la señal).
Forma rectangular o cuadrada. Pictograma blanco sobre fondo
verde (el verde deberá cubrir como mínimo el 50% de la superficie de la señal)
Señales luminosas y
acústicas
Características y requisitos de las señales luminosas
La luz emitida por la señal deberá provocar un contraste
luminoso apropiado respecto a su entorno, en función de las condiciones de uso
previstas. Su intensidad deberá asegurar su percepción, sin llegar a producir
deslumbramientos.
La superficie luminosa que emita una señal podrá ser de color
uniforme, o llevar un pictograma sobre un fondo determinado. En el primer caso,
el color deberá ajustarse a lo dispuesto en el apartado 1 del Anexo II; en el
segundo caso, el pictograma deberá respetar las reglas aplicables a las señales
en forma de panel definidas en el Anexo III.
Si un dispositivo puede emitir una señal tanto continua como
intermitente, la señal intermitente se utilizará para indicar, con respecto a
la señal continua, un mayor grado de peligro o una mayor urgencia de la acción
requerida.
No se utilizarán al mismo tiempo dos señales luminosas que
puedan dar lugar a confusión, ni una señal luminosa cerca de otra emisión
luminosa apenas diferente.
Cuando se utilice una señal luminosa intermitente, la
duración y frecuencia de los destellos deberán permitir la correcta
identificación del mensaje, evitando que pueda ser percibida como continua o
confundida con otras señales luminosas.
Los dispositivos de emisión de señales luminosas para uso en
caso de peligro grave deberán ser objeto de revisiones especiales o ir
provistos de una bombilla auxiliar.
Características y requisitos de uso de las señales acústicas
La señal acústica deberá tener un nivel sonoro superior al
nivel de ruido ambiental, de forma que sea claramente audible, sin llegar a ser
excesivamente molesto. No deberá utilizarse una señal acústica cuando el ruido
ambiental sea demasiado intenso.
El tono de la señal acústica o, cuando se trate de señales
intermitentes, la duración, intervalo y agrupación de los impulsos, deberá
permitir su correcta identificación y clara distinción frente a otras señales
acústicas o ruidos ambientales.
No deberán utilizarse dos señales acústicas simultáneamente.
Si un dispositivo puede emitir señales acústicas con un tono
o intensidad variables o intermitentes, o con un tono o intensidad continuos,
se utilizarán las primeras para indicar, por contraste con las segundas, un
mayor grado de peligro o una mayor urgencia de la acción requerida.
El sonido de una señal de evacuación deberá ser continuo.
Disposiciones comunes
Una señal luminosa o acústica indicará, al ponerse en marcha,
la necesidad de realizar una determinada acción, y se mantendrá mientras
persista tal necesidad.
Al finalizar la emisión de una señal luminosa o acústica se
adoptarán de inmediato las medidas que permitan volver a utilizarlas en caso de
necesidad.
La eficacia y buen funcionamiento de las señales luminosas y
acústicas se comprobará antes de su entrada en servicio, y posteriormente
mediante las pruebas periódicas necesarias.
Las señales luminosas y acústicas intermitentes previstas
para su utilización alterna o complementaria deberán emplear idéntico código.
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